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      Qué pasa si no voté el domingo 18 de mayo en las elecciones de CABA 2025

      • El domingo solo hubo una participación de 53,35 %
      • Cómo justificar no ir a votar y cuánto sale la multa.

      Qué pasa si no voté el domingo 18 de mayo en las elecciones de CABA 2025Qué pasa si no voté el domingo 18 de mayo en las elecciones de CABA 2025. Foto: Victoria Gesualdi
      Redacción Clarín

      El domingo 18 de mayo, los porteños volvieron a las urnas para renovar la mitad de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. En estas elecciones legislativas locales se eligieron 30 de los 60 escaños y los nuevos legisladores asumirán en diciembre, con mandatos de cuatro años.

      Quienes no fueron a votar deberán justificar su ausencia ante la Justicia Electoral. Para hacerlo, es necesario presentar un certificado que respalde el motivo —ya sea por enfermedad, distancia mayor a 500 kilómetros o fuerza mayor— dentro de los 60 días posteriores a la elección.

      De no presentar la justificación en ese plazo, se aplicarán sanciones: el infractor podría recibir una multa económica y quedar registrado en el Registro de Deudores del Voto, lo que podría limitar trámites oficiales futuros.

      Iframe Registro de infractores

      Elecciones 2025 en CABA: qué hacer si no fuiste a votar

      En esta elección, se votó nuevamente con el sistema de Boleta Única Electrónica, que se desarrolló con equipamientos tecnológicos con pantalla táctil en todos los puestos de la Ciudad destinados para esa jornada.

      Sin embargo, el voto del 18 de mayo sí fue un derecho pero también un deber, es decir, las votaciones son obligatorias. Si una persona no va a votar y no presenta ninguna justificación, se convierte en infractor.

      Voto en CABA: qué hacer si no se puede ir a votarVoto en CABA: qué hacer si no se puede ir a votar

      ¿Cómo justificar la ausencia?

      Si estuviste a más de 500 kilómetros del lugar de votación, hay que pedir una constancia en alguna dependencia oficial, como una comisaría. Si padecías una enfermedad, es necesario tener un certificado médico.

      Si trabajás en un servicio público y tuviste que realizar tareas durante los comicios, los empleadores tenían que avisar al Tribunal Electoral al menos 72 horas antes de la votación.

      El certificado debe ser presentado ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que corresponda. Si no se presenta, la persona quedará registrada como infractora. Y deberá pagar una multa que, en este momento, es de $500.

      Quiénes pueden y deben votar en CABAQuiénes pueden y deben votar en CABA

      Quiénes podían y debían votar en CABA

      Todas las personas nacidas en Argentina o que se hayan naturalizado, con más de 16 años y “en el momento de las elecciones posean domicilio en la Ciudad de Buenos Aires”.

      La inscripción en el Registro de Electores es automática. Sin embargo, para los más jóvenes, es importante que luego de los 14 realicen la actualización del DNI para poder entrar en estos registros.

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