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      Elecciones 2025 en Salta: ¿qué pasa si me eligen autoridad de mesa y no puedo ir?

      • La votación para los salteños será el domingo 11 de mayo.
      • Los ciudadanos convocados tienen la tarea de controlar el funcionamiento correcto del comicio.

      Elecciones 2025 en Salta: ¿qué pasa si me eligen autoridad de mesa y no puedo ir?Ser autoridad de mesa requiere de una presencia permanente en el día de las elecciones.
      Redacción Clarín

      Como en cada elección, las autoridades de mesa cumplirán un rol clave el domingo 11 de mayo en las votaciones de Salta, con el objetivo de velar por el correcto y normal desarrollo del acto electoral en su mesa.

      La designación del presidente de mesa y del vicepresidente, quien asiste al presidente y lo reemplaza cuando la ley lo establece, se realiza por medios informáticos y de manera aleatoria. Sin embargo, también pueden hacerse designaciones compulsivas si es necesario cubrir la demanda.

      De todas maneras, la persona es notificada de su designación como autoridad de mesa a través del Correo Argentino o mediante los servicios especiales de comunicación de los organismos de seguridad, nacionales o provinciales. Pero, ¿qué pasa si fuiste elegido y no podés ir?

      Qué pasa si renuncio a ser autoridad de mesa

      Al mismo tiempo de la designación de autoridades de mesa, se abre la posibilidad de renunciar a dicha obligación aunque con motivos válidos que deben ser expuestos. De no presentar una razón justificada, puede enfrentar consecuencias legales, incluyendo una pena de prisión según lo establece el artículo 132 del Código Electoral Nacional.

      Si no se puede asistir, se deben presentar motivos válidos. Si no se puede asistir, se deben presentar motivos válidos.

      La Ley 19.945 también establece que por razones "de enfermedad o fuerza mayor debidamente justificadas la ciudadana o el ciudadano designado como autoridad puede no ejercer esta función".

      "También quedan exceptuados aquellas personas que cumplen funciones de organización y/o dirección de un partido político o sea candidata o candidato en las elecciones", añade.

      Las personas que deban presentar un justificativo para no enfrentarse a una posible pena de prisión deberán hacerlo ante la Justicia Electoral dentro de los tres días desde que recibió la designación. En caso de que el tiempo culmine, sólo se admiten por causas acontecidas posteriormente, las cuales serán evaluadas por la Justicia Nacional Electoral.

      También servirá como justificativo que las personas presenten un documento que certifique su enfermedad el día de los comicios. Estos certificados médicos sólo pueden estar validados por médicos de la sanidad nacional, provincial o municipal.


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