El próximo domingo 11 de mayo se realizarán las elecciones provinciales y municipales en Salta, donde se renovarán cargos legislativos y ejecutivos locales, sin la instancia previa de Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).
Los salteños utilizarán el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE), una modalidad de votación que combina lo digital con el soporte papel, buscando mayor transparencia y agilidad en el proceso electoral.
Todos los ciudadanos mayores de 16 años con domicilio en Salta, que figuren en el registro y padrón electoral, están habilitados a votar en el horario de 8 a 18. Sin embargo, qué sucede con aquellos que no votaron en las elecciones pasadas: ¿pueden votar en las elecciones de este año?
Cómo saber si puedo votar en las elecciones 2025
Según el sitio oficial del Gobierno, para saber si podés votar en estas elecciones, primero debés seguir algunos pasos para regularizar tu situación y así participar de la votación.
- Consultá el Registro de Infractores. Solo tenés que ingresar tu DNI, seleccionar el género y el distrito, completar el código de verificación y hacer clic en Consultar. Así podrás ver a qué votaciones asististe.
- Si figurás como infractor: Pagá la multa.

Cuál es la sanción por no votar en las elecciones 2025 de Salta
Según la Ley N°4990, todo elector tiene el deber de votar en las diversas elecciones provinciales, municipales o de comisión de Fomento que se realicen en su distrito electoral.
De no hacerlo y no presentar una justificación valida, se podría enfrentar a una multa económica y, si se acumulan varias ausencias sin excusa, pueden ser otras las consecuencias, como la suspensión de ciertos derechos o la imposibilidad de estar en cargos públicos.
Para quienes no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores, la multa puede variar entre los $1.000 y $2.000, dependiendo de la cantidad de infracciones previas acumuladas.

Quiénes quedan exentos de la obligación de votar en las elecciones 2025 de Salta
- Los mayores de 70 años.
- Los mayores de 16 años y menores de 18 no están obligados a votar.
- Los jueces y sus auxiliares que deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas durante las horas de las elecciones por disposición de la ley o su reglamentación.
- Aquellos que por enfermedad o fuerza mayor no puedan asistir al comicio.
- Los que el día de las elecciones se encuentren a más de 500 kilómetros de su lugar de votación.
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